martes, 3 de julio de 2018

TEMA DE CONTRATACIÓN DOCENTE

TEMA DE CONTRATACIÓN DOCENTE

PROBLEMÁTICA
En la institución educativa: María Negrón, el comité de selección de personal requiere docente para distintas áreas lo cual plantean los siguientes requisitos:
• Dominar tres idiomas, cinco años de experiencia laboral.
• Dominio de las TIC.
• Conocimientos y habilidades en danza y arte.
Debido a los requisitos, no se presentan esta es la tercera convocatoria y aun no se ha presentado ningún profesional con este perfil.
¿Qué acciones debes tomar este comité de selección de personal para lograr la contratación del personal requerido lo más pronto posible debido que ya pasó mucho tiempo?

CUESTINARIO

1. ¿Qué requisitos se debe tener en cuenta para la contratación de un docente en una Institución pública?
• FUT – Solicitud dirigida al Comité de Contratación.
• Copia de Título Profesional Pedagógico o Titulo de Segunda Especialidad Profesional en Educación, debidamente registrado (s) en la DRE que corresponda.
• Copia simple legible del Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente o Carné de Extranjería, según corresponda.
• Currículum Vitae documentado y foliado. No es necesario fedatear.
• Declaración Jurada y Hoja de contrato de acuerdo al formato (Anexo 5). De la norma vigente.
2. ¿Qué fases se tienen en cuenta en el proceso de selección del personal?

• Entrevista de selección
• Pruebas de conocimientos o habilidades
• Exámenes psicológicos
• Exámenes de personalidad
• Entrevista final y de decisión


REGLAMENTO INTERNO I.E.N°206

         REGLAMENTO INTERNO I.E. N°206

CUESTIONARIO
1. ¿Qué es el Reglamento Interno de una IE?
Es un instrumento normativo que regula el funcionamiento organizativo, administrativo y pedagógico de la IE y de los distintos actores en al marco de las normas oficiales. Establece pautas, criterios y procedimientos de comportamiento e interacción entre niños y niñas, docentes y autoridades.
2. ¿Cuáles son las finalidades del reglamento interno de una I.E.?
• Lograr una adecuada marcha administrativa, organizativa y pedagógica de la I.E. mediante el establecimiento de pautas, criterios y procedimientos e interacción.
• Determinar las funciones y obligaciones de cada uno de los miembros que integran la comunidad educativa.
• Estimular una mayor participación del personal de la I.E. de las actividades a su cargo.
• Promover y consolidar hábitos de puntualidad y trabajo de todos los integrantes de la comunidad educativa.
• Regular la participación de los PP.FF. en las actividades educativas.

3. ¿Qué es el órgano de apoyo dentro de una IE?
Es responsable del mantenimiento conservación, seguridad e higiene del local escolar y la de los niños en su ingreso y salida de la I.E.

4. ¿Cuál es la estructura orgánica de una IE?
• Órgano de Dirección:   Directora
• Órgano de ejecución: Personal Docente
• Órgano de Apoyo:  Personal de Servicio Y Auxiliares de educación
• Órgano de Coordinación y participación: Consejo Directivo de APAFA Y Comité de aula.
• Órgano consultivo: CONEI

5. ¿Qué es la APAFA?
La Asociación de Padres de Familia (APAFA) es una organización estable de personas naturales, sin fines de lucro, de personería jurídica de derecho privado y puede inscribirse en los Registros Públicos. Es regulada por el Código Civil, en lo que sea pertinente, la Ley General de Educación, la presente Ley y su estatuto en los aspectos relativos a su organización y funcionamiento. La APAFA canaliza institucionalmente el derecho de los padres de familia de participar en el proceso educativo de sus hijos.

6. ¿Quiénes constituyen la APAFA?
En la Asociación de Padres de Familia participan los padres de familia, tutores y curadores de los estudiantes de la institución educativa pública, de acuerdo a los requisitos señalados en esta Ley N° 28628 y su reglamento.

7. ¿Cómo está constituido el CONEI?
Es el consejo educativo institucional es un órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana y está constituido por el director e integrado por los subdirectores, representantes de los docentes, de los alumnos, de los ex alumnos

8. ¿Cuáles son las funciones de la I. E?
Entre las funciones más importantes de una Institución Educativa destacan las siguientes:
• Brindar servicio educativo integral a niños de 3, 4,5 años en concordancia con los lineamientos de Política Educativa nacional.
• Orientar a los padres de familia en problemas relacionados con el desarrollo integral del niño a través de la tutoría y escuela de padres.

9. ¿Cuáles son las funciones de la directora?
La directora es responsable de la planificación, organización, ejecución, coordinación y control de las acciones educativas y las funciones principales que desempeña son las siguientes:

• Representar legalmente a la institución
• Planifica, organiza y administra los recursos y servicios prestados por la I.E.
• Supervisa y evalúa las actividades administrativas y pedagógicas en coordinación con el personal de la institución.
• Organiza el proceso de matrícula, autoriza traslados de matrícula, visitas de estudios y excursiones; expide constancias de estudios. Dentro de lo normado aprueba las nóminas, rectifica nombres y apellidos de los alumnos en los documentos pedagógicos oficiales.
• Coordina con APAFA y GRELL asuntos de intereses de tipo académico.

10. ¿Cuándo se considera el personal administrativo en falta?

Se consideran faltas del personal administrativo según el Art. Leg. Nº 276:
a) Incumplir sus funciones o desempeñarla con negligencia.
b) Abandonar el trabajo antes de la hora establecida.
c) Faltar de palabra u obra a la directora, como profesorado, niños de la I.E.

11. ¿Cuáles son las obligaciones del personal docente?
     Las obligaciones del docente son:
     a) Capacitarse y actualizarse en función al Diseño Curricular por competencias.
     b) Cumplir el horario de trabajo establecido con actitud positiva en todo momento.
     c) Prestigiar a la Institución mediante un trabajo serio, productivo y ético.

12. ¿Cuál es la jornada laboral docente de educación inicial en la actualidad?

Las Profesoras de aula tienen como jornada laboral 30 horas.

13. ¿Cuáles son las Prohibiciones del Personal docente?

a) Organizar actividades económicas sin previa autorización de la Dirección.
b) Ausentarse durante la jornada laboral sin conocimiento ni autorización de la Dirección.
c) Asumir actitudes negativas en presencia de los niños y padres de familia.
d) Formular declaraciones ante medios de comunicación que comprometan la buena imagen de la Institución.
e) Fomentar la indisciplina laboral que atenta contra la integración de la comunidad educativa.


martes, 24 de abril de 2018

ARTICULO: SOBRE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL : VACACIONES



     
ARTICULO SOBRE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL
MINEDU (2013) Ley de Reforma Magisterial tiene por objeto normar las relaciones entre el Estado y los profesores que prestan servicios en las instituciones y programas educativos públicos de Educación Básica y Técnico-Productiva y en las instancias de gestión educativa descentralizada; asimismo, regula sus deberes y derechos, la formación continua, la Carrera Pública Magisterial, la evaluación, el proceso disciplinario, las remuneraciones y los estímulos e incentivos.
Como consigue daremos a conocer un poco sobre de las vacaciones.
SUB CAPITULO II: LAS VACACIONES
·         Artículo 146 Periodo vacacional por áreas de desempeño laboral
·         Artículo 147 Actividades de los profesores en las vacaciones escolares
·         Artículo 148 Condiciones para el goce de vacaciones
·         Artículo 149 Vacaciones truncas
·         Artículo 150 Remuneración Vacacional
Tenemos en el artículo 146 al 150 que nos hablan sobre los periodos vacacionales de los profesores se determinan de acuerdo al área de desempeño laboral en la que presta sus servicios:
El Art. 66° de la Ley 29944, regula las vacaciones de los docentes que laboran en el área de gestión pedagógica, señalando que gozan de sesenta (60) días anuales de vacaciones. Precisando que las vacaciones son irrenunciables y no son acumulables.
Se establece en el Art. 146°, que las vacaciones de sesenta (60) días a que tiene derecho el docente que labora en el Área de Gestión Pedagógica,  debe coincidir en todos los caso con las vacaciones de los estudiantes.
Por otra parte, en el Art. 147° del Reglamento, se precisa que durante las vacaciones escolares de medio año, los profesores correspondientes al Área de Gestión Pedagógica desarrollan actividades propias de su responsabilidad en el trabajo educativo, SIN NECESIDAD DE ASISTIR A LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. Pero la norma glosada deja la posibilidad, de que está situación varié, cuando las instancias de gestión educativa programen actividades que requiera de la asistencia del profesor; por lo que estará obligado a participar, es decir, asistir.   De no hacerlo, se afectaría con el descuento correspondiente.

También en el Art. 148°, se da a conocer en el caso de los profesores que laboran en las Áreas de Gestión Institucional, Formación Docente o Innovación e Investigación Pedagógica, LAS VACACIONES SE OTORGAN AL CUMPLIR EL PROFESOR DOCE (12) MESES DE TRABAJO EFECTIVO, incluidos los periodos de licencia CON GOCE DE REMUNERACIONES.
En el Art. 149 nos habla que os profesores que cesen sin cumplir el periodo laboral que le permite gozar del periodo vacacional anual, tienen derecho al reconocimiento de sus vacaciones truncas.
Teniendo cuenta en el Art. 150, las remuneración vacacional trunca del profesor se determina de acuerdo al área de desempeño laboral en el que presta servicios, en el ÁREA DE GESTIÓN PEDAGÓGICA, se calcula en proporción de un quinto de la remuneración íntegra mensual y las asignaciones temporales que percibe el profesor al momento del retiro por cada mes de servicio efectivo durante el año lectivo y en las ÁREAS DE GESTIÓN INSTITUCIONAL, FORMACIÓN DOCENTE, INNOVACIÓN E INVESTIGACIÓN, se calcula en proporción de un doceavo de la remuneración íntegra mensual y las asignaciones temporales que percibe el profesor al momento del retiro por cada mes de servicio efectivo durante el año.

jueves, 22 de marzo de 2018

FINANCIAMIENTO DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA DEL PERÚ




EXPLICA EL FINANCIAMIENTO DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA DEL PERÚ


Comprende los recursos financieros destinados a obtener y contar con los recursos humanos, es necesarios para satisfacer las necesidades educativas, toda asignación de recursos financieros para la educación por la fuente tesoro público se determina a partir de los objetivos y metas establecidos en los planes y proyectos estratégicos institucionales.
También los ingresos propios que generan de las I.E. estatales se destinan, a financiar proyectos de inversión específicos o a actividades de desarrollo educativo consideradas en el respectivo PEI.
Las instituciones estatales del gobierno nacional, del gobierno regional y del gobierno local y otras autónomas pueden transferir recursos financieros a los centros y programas educativos, de acuerdo a la ley de presupuesto de la república.
Todas las donaciones con fines educativos gozan de exoneración y beneficios tributarios en la forma y dentro de los límites que fija la ley para una buena educación. El eficiente gasto de educación implica elaborar, ejecutar y evaluar el PEI, el plan anual, el presupuesto funcional y los costos por alumno, así como la adecuada racionalización de los recursos humanos que implica su distribución su ubicación y su distribución en el territorio nacional conforme a las necesidades del servicio educativo.
El financiamiento del fondo nacional de desarrollo de la educación peruana conlleva proyectos de inversión y de innovación y desarrollo educativo que propongan y ejecuten las Instituciones.
Es así como el estado podrá establecer convenios con asociaciones sin fines de lucro que conducen instituciones o programas de educación pública y que atienden a la población económicamente desfavorecida a fin de otorgarles apoyo a través de plazas docentes y aportes en bienes y servicios, en concordancia con las prioridades y normas educativas establecidas para tales propósitos para una buena educación de calidad.

MAPA : LA GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO







MAPA : COMUNIDAD EDUCATIVA






ACTIVIDAD 5 : FINANCIAMIENTO DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA




 ACTIVIDAD 5

FINANCIAMIENTO DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA

1.       ¿Cuáles son las fuentes de financiamiento de la educación pública?

El Tesoro Público, los recursos directamente recaudados, las donaciones, los excedentes por actividades productivas desarrolladas por las instituciones educativas y el endeudamiento interno y externo.

2.       ¿Cómo se lleva a cabo la asignación de recursos a las I.E públicas?

A partir de los objetivos y metas establecidos en los planes y proyectos estratégicos institucionales y en los planes anuales de desarrollo, que incluyen estudios de costos por alumno y por sección en cada nivel y modalidad educativa.

3.       ¿Qué son los recursos propios y cómo se obtienen?

Los ingresos propios que generan las instituciones educativas estatales se destinan, preferentemente, a financiar proyectos de inversión específicos o a actividades de desarrollo educativo. Estos recursos se obtienen del monto presupuestal que se les asigne por la fuente Tesoro Público para gastos corrientes y se informará regularmente sobre su ejecución, según la reglamentación correspondiente.

4.       ¿Qué implica la eficiencia en el gasto que se realiza en las I.E.?

implica elaborar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, el plan anual, el presupuesto funcional y los costos por alumno, así como la adecuada racionalización de los recursos humanos que implica su distribución su ubicación y su distribución en el territorio nacional conforme a las necesidades del servicio educativo.

5.       ¿Qué es El Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana?

Es el financiamiento de proyectos de inversión y de innovación y desarrollo educativo que propongan y ejecuten las Instituciones Educativas, será apoyado por el Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana (FONDEP).

ACTIVIDAD 4 : GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO PERUANO



ACTIVIDAD 4

GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO PERUANO
                                                                                                                                                         1. ¿Cuáles son las características de la gestión del Sistema educativo peruano?

                      ü  Es descentralizada, simplificada, participativa y flexible.

2. ¿Cómo participa la sociedad en la gestión de la educación?

ü  Participa directamente en la gestión de la educación a través de los Consejos Educativos que se organizan también en forma descentralizada.
3. ¿Cuáles son los objetivos de la gestión?

ü  Desarrollar la Institución Educativa como comunidad de aprendizaje, encargada de lograr una excelente calidad educativa.
ü  Fortalecer la capacidad de decisión de las Instituciones Educativas para que actúen con autonomía pedagógica y administrativa. Las funciones de todas las instancias de gestión se rigen por los principios de subsidiariedad, solidaridad, complementariedad y concurrencia.
ü  Asegurar la coherencia de las disposiciones administrativas y la subordinación de éstas a las decisiones de carácter pedagógico.
ü  Lograr el manejo eficaz, eficiente e innovador de las instituciones educativas, que conduzca a la excelencia educativa.
ü  Desarrollar liderazgos democráticos.
ü  Colaborar en la articulación intersectorial, que asegure que los procesos de gestión se den en el marco de una política de desarrollo integral del país.
 4. ¿Cuáles son las instancias de gestión del sistema educativo peruano?

INSTITUCIÓN EDUCATIVA
UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL
GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN





 5.  Llene el siguiente cuadro

INSTANCIAS DE GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO PERUANO


INSTITUCIÓN EDUCATIVA
UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL
GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DEFINICIÓN
Comunidad de aprendizaje, es la primera y principal instancia de gestión del sistema educativo descentralizado. En ella tiene lugar la prestación del servicio. Puede ser pública o privada.
Es una instancia de ejecución descentralizada del Gobierno Regional con autonomía en el ámbito de su competencia.
Es un órgano especializado del Gobierno Regional responsable del servicio educativo.
Es el órgano del Gobierno Nacional.
FINALIDAD
El logro de los aprendizajes y la formación integral de sus estudiantes.

Fortalecer las capacidades de gestión pedagógica y administrativa de las I.E.
Impulsar la cohesión social; articular acciones entre las I.E públicas y las privadas.
Contribuir a generar un ambiente favorable.
Propiciar la organización de comunidades educadoras.
Canalizar el aporte de los gobiernos municipales.
Asumir y adecuar a su realidad las políticas educativas y pedagógicas establecidas por el Ministerio de Educación y por la entidad correspondiente del Gobierno Regional.
Es promover la educación, la cultura, el deporte, la recreación, la ciencia y la tecnología.
Definir, dirigir y articular la política de educación, cultura recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado.









FUNCIONES
Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, así como su plan anual y su reglamento interno.
Organizar, conducir y evaluar sus procesos de gestión institucional y pedagógica.
Diversificar y complementar el currículo básico.

Otorgar certificados, diplomas y títulos.
Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo del estudiante.
Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institución.

Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión.

Rendir cuentas anualmente de su gestión pedagógica, administrativa y económica.

Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia
Contribuir a la formulación de la política educativa regional y la nacional.
Diseñar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo de su jurisdicción.
Regular y supervisar las actividades y servicios que brindan las Instituciones Educativas.
Asesorar la gestión pedagógica y administrativa de las instituciones educativas bajo su jurisdicción.
Apoyar el desarrollo y la adaptación de nuevas tecnologías de la comunicación y de la información.
Promover y ejecutar estrategias y programas efectivos de alfabetización.
Determinar las necesidades de infraestructura y equipamiento.
Promover y apoyar la diversificación de los currículos de las Instituciones Educativas en su jurisdicción.
Promover centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte.
Identificar las necesidades de capacitación del personal docente y administrativo

Autorizar el funcionamiento de las instituciones educativas públicas y privadas.
Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto educativo de la región.
Suscribir convenios y contratos para lograr el apoyo y cooperación de la
Comunidad nacional e internacional que sirvan al mejoramiento de la calidad educativa en la región.
Identificar prioridades de inversión que propendan a un desarrollo armónico y equitativo de la infraestructura educativa en su ámbito, y gestionar su financiamiento.
Incentivar la creación de Centros de Recursos Educativos y Tecnológicos que contribuyan a mejorar los aprendizajes en los centros y programas educativos.
Definir, dirigir, regular, evaluar, y establecer políticas de equidad.
Formular, aprobar, ejecutar y evaluar, de manera concertada, el P.E.N.
Elaborar los diseños curriculares básicos de los niveles y modalidades del sistema educativo.
Organizar programas especiales de apoyo al servicio educativo.
Dirigir el Programa Nacional de Formación y Capacitación.
Dirigir el Programa Nacional de Investigación I.E.
Definir programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial.
Liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa.
Establecer un plan nacional de transparencia en la gestión que consolide una ética pública.
ORGANO DE PARTICIPACIÓN Y VIGILANCIA
El Consejo Educativo Institucional es un órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana.

El Consejo Participativo Local de Educación es un órgano de participación, concertación y vigilancia educativa durante la elaboración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Local en el ámbito de su jurisdicción
El Consejo Participativo Regional de Educación, es una instancia de participación, concertación y vigilancia en la elaboración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Regional.

ÁMBITO
Institucional
A nivel local
Regional
Nacional


DOCUMENTO DE GESTIÓN 
ESTRATÉGICA
Proyecto Educativo Institucional (PEI), Proyecto Curricular de Institución Educativa (PCIE), Plan Anual de trabajo(PAT), Reglamento Interno (RI) Manual de Organización y Funciones(MOF) y el Informe de Gestión Anual (IGA)

Tiene relación técnico-normativa con el Ministerio de Educación.

DOCUMENTO CURRICULAR

Proyecto Educativo Institucional.